¿Cómo Homologar o Convalidar Carnet de Conducir?

Si eres un ciudadano extranjero que ha llegado a España y tienes tu carnet de conducir otorgado en tu país de origen, tienes la posibilidad de convalidarlo ante los organismos españoles para que pueda ser utilizado en territorio español. Acompáñanos a conocer cómo homologar carnet de conducir en España paso por paso.

cómo homologar carnet de conducir en españa

¿Quién puede solicitar una convalidación?

Para poder homologar carnet de conducir extranjero, están autorizadas las personas que cuenten con las siguientes condiciones:

  • Aquellos ciudadanos que posean un carnet de conducir de un país comunitario o no comunitario que se encuentren adheridos a algún convenio con España; estos son: Andorra, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Serbia, Suiza, Túnez, Macedonia, Marruecos, Mónaco, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Filipinas, Guatemala, Japón, Argelia, Argentina, Bolivia, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
  • Todos los ciudadanos que son conductores profesionales que pertenecen a países no comunitarios y que, sin convenio alguno, puedan demostrar que han ingresado al país para trabajar como conductores por un tiempo de seis meses para empresas establecidas o con sucursal en España.
  • El personal de entes diplomáticos o de organizaciones internacionales que tengan sede en España, así como sus familiares directos.
Asimismo, la homologación de licencia de conducir en España será válida en algunas condiciones por aquellas personas que cumplan con estas condiciones:
  • Ciudadanos extranjeros que se encuentren en condiciones conforme a lo que se establece en el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, o con el Anexo 6 de la Convención de Viena.
  • Personas extranjeras que tengan un carnet de conducción emitido en idioma castellano y/o tengan anexada una traducción oficial en dicho idioma.
  • Permisos que hayan sido otorgados en un país conforme a lo establecido al Anexo 10 de la Convención de Ginebra, o de acuerdo con el modelo de Anexo E de la Convención Internacional de París.
  • Permisos que estén avalados por convenios internacionales en los que España esté adherido a las condiciones del mismo.

homologar carnet de conducir paso a paso

Para poder cambiar un permiso para conducir que se encuentre dentro de los renglones antes mencionados, no debe estar caducado, de igual forma, el titular del mismo debe tener la edad mínima para poder conducir en España.
Asimismo, no debe haber transcurrido el plazo de seis meses, el cual comienza a contarse desde que sus titulares han adquirido una residencia normal en España. También puede interesarte conocer cómo Crear un fondo de inversión.

Una vez hayan transcurrido seis meses, el referido permiso ya no tiene ningún tipo de validez para poder conducir en España, si estos ciudadanos extranjeros quieren continuar conduciendo, necesitan obtener un permiso español, para ello deberán consignar los documentos necesarios y presentar las pruebas correspondientes, a menos que por convenios internacionales entre tu país y España, exista la opción de cambiar el carnet de conducir extranjero por español.

Permisos de conducción expedidos en Estados miembros de la U.E y en el Espacio Económico Europeo 

Es importante mencionar que podrán conducir en España, todos aquellos ciudadanos que posean su carnet de conducir el cual haya sido avalado por alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o por Estados que forman parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo,

Estos paises son:

  • Noruega
  • Liechenstein
  • Islandia

Estos tienen los mismos efectos de validez que conforme las condiciones en las que hayan sido emitidos en algunos de los países mencionados anteriormente, también serán válidas en España. Salvo al requisito de la edad mínima que se establece en España para poder conducir.

Para poder homologar carnet de conducir que hayan sido expedidos por algunos de los Estados que se encuentren restringidos, suspendidos o retirados de los convenios internacionales con España, bajo ningún concepto podrán ser convalidados en España.

Se encontrará sometido a un control de sus aptitudes psicofísicas aquel portador de un permiso de conducción que haya obtenido su residencia en España, así mismo este se va a someter a las disposiciones españolas mientras su permiso se encuentre vigente.

De darse el supuesto caso de que se tramite un permiso de conducción que no se encuentre sujeto a un período de vigencia determinado, el titular del mismo necesitará renovarlo al momento de que ya hayan transcurrido dos años desde que se estableció su domicilio en el territorio español.

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¿Dónde solicitar la homologación del permiso de conducir en España?

Todos los trámites que tengan que ver con procedimientos de tránsito, se pueden realizar en cualquiera de las jefaturas provinciales de tráfico que se encuentran a lo largo el territorio español mediante cita previa.

Para facilitar el procedimiento, existe la posibilidad de solicitar una cita vía telefónica llamando al 060, también puedes realizar el proceso vía online. Por otro lado, si el solicitante es un miembro de algún ente diplomático, del consulado u otros organismos internacionales que tengan sede en España, el proceso deberá tramitarse por el Ministerio del Interior.

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¿Qué requisitos debo consignar?

A la hora de comenzar el trámite por ante la oficina de gestión antes mencionada, se debe tener a la mano ciertos requisitos, estos son:

  • La solicitud debidamente impresa y un talón-foto que se te hará entrega en la jefatura a la que acudas.
  • Original del DNI, NIE o pasaporte vigente para comprobar tu identidad y tu residencia.
  • Original y copia del carnet de conducir que quieres homologar o convalidar.
  • Los extranjeros comunitarios deben consignar autorización de residencia, mientras que los extranjeros no comunitarios deberán consignar la autorización de residencia y la tarjeta de residencia.
  • Consignar el informe de aptitud psicofísica (caso aplicable para aquellos casos de permisos de conducir de países no comunitarios). Cualquier otro tipo de prueba que se encuentre en los requisitos para países no comunitarios. Sin embargo, si el permiso es para turismo o manejo de motocicletas, no hacen falta más pruebas.
  • En el caso de que tu permiso de conducir haya sido expedido en Corea, se necesitará de una traducción oficial de la licencia debidamente realizada por un consulado o embajada. Si la licencia hubiera sido expedida en Japón, se requerirá también de una traducción.
  • Consignar el certificado de empresa y de la seguridad social en el que se pueda comprobar un contrato de por lo menos seis meses, si la licencia fuese para conductores profesionales.
  • Una fotografía en color con dimensiones de 33×26 mm.
  • Cancelar los aranceles correspondientes a 28,30 € vía online, ya sea con tarjeta de crédito en la jefatura de Tráfico o en efectivo directamente en la taquilla de determinadas entidades bancarias.
  • Una declaración escrita en la que se de fe de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción del mismo tipo a que se refiere su solicitud y que haya sido otorgado en España u otro país comunitario

La homologación y el Brexit

De acuerdo a las directrices nacionales de España, homologar carnet de conducir del Reino Unido por el Brexit no será considerada válida en el territorio español.

Ahora bien, la DGT ha aprobado un protocolo para que tengas la posibilidad de convalidar tu permiso extranjero con las mismas condiciones previas al Brexit, para ello deberás presentar la solicitud antes de la fecha que el sistema te indique.

Convalidar permiso de conducción expedido en países no comunitarios 

No se convalidarán los permisos obtenidos en Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco cuya fecha sea posterior a la firma del convenio respectivo, solamente se hará a partir del momento en el que su titular pudiese obtener el permiso mientras tiene una residencia vigente en España.

Convalidación del carnet de conducir de países con convenio

  • Convalidar un carnet de conducir de Venezuela: de acuerdo a la fecha que indique el DGT sobre los canjes de permisos de conducción, se puede canjear un permiso de conducción entre este pais y España.
  • Solamente se considerarán válidos para su canje aquellos permisos que hayan sido expedidos en la forma de tarjeta de plástico, en Venezuela en la actualidad se expiden los permisos de conducir en un formato que el solicitante deberá imprimir, lo cual no se considera válido por no cumplir la normativa europea relativa a los permisos de conducción.
  • Por otro lado, los países que se encuentran suscritos al convenio de canje son: Argelina Democrática y Popular, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Reino de Marruecos, Nicaragua, Perú, Uruguay, Venezuela, República Dominicana, Panamá, Paraguay, República Federativa de Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Turquía, Túnez, Ucrania, Macedonia.
  • Por ningún motivo de podrán canjear los permisos que hayan sido otorgados después de la fecha de la firma del Convenio de canje, especialmente si el titular hubiera obtenido el permiso mientras tiene una residencia legal en España.
  • Se necesitará de la solicitud de una cita vía telefónica llamando al 060 o o por vía Internet desde el portal web de la Sede Electrónica de la DGT, debes ingresar la Jefatura Provincial de Tráfico en la que iniciarás el trámite.
  • Con tan solo apartar una cita, se podrá dar inicio al expediente de canje, aunque la aprobación del mismo va a depender de la validez del permiso por parte de las autoridades que hayan expedido el documento en cada país.
  • El pago de los aranceles o el "abono de la tasa" podría ser de 92,20 € en el caso de que se deban presentar pruebas prácticas, y de 28,30 € si no son necesarias las pruebas prácticas.

Canje de los permisos de conducción de los diplomáticos acreditados en España

Todas las personas que pertenezcan a misiones diplomáticas, al consulado u organizaciones internacionales que tengan una sede en territorio español, al igual que sus familiares ascendientes, descendientes y cónyuges los mismos, tendrán la posibilidad de tramitar un permiso de conducción solo en caso de que sean los titulares de un permiso de conducir en su país de origen.
Esto cumple con el ordenamiento jurídico del Reglamento General de Conductores, en el que también se exime de pago los abonos, y las tasas correspondientes a los aranceles de aptitud y práctica de manejo.

Documentos necesarios

  • Consignar la solicitud oficial que es entregada en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
  • Original del documento de identidad o NIE vigente.
  • Informe de aptitud psicofísica, debidamente expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado de la provincia en la que se esté realizando la solicitud del trámite, en este deberá encontrarse anexada una fotografía actualizada de la persona que solicita la licencia.
  • Dos (2) fotografías actualizadas con dimensiones de 32 x 26 mm.
  • Para aquellos solicitantes que por su religión deban tener su cabello cubierto, se podrán recibir fotografías con velo siempre y cuando el óvalo del rostro se aprecie totalmente descubierto, desde el nacimiento del cabello hasta el mentón, de manera tal que no se pierda la identificación de la persona.
  • Una justificación de ser titulares de un permiso de conducción válido que sea equivalente al permiso que están solicitando, esta debe tener una traducción oficial en anexo de la misma, en el caso de que la justificación no haya sido expedida en idioma castellano.

Tramite

Dicha solicitud debe estar dirigida al Ministerio de Asuntos Exteriores, la cual, con una previa comprobación del cumplimiento de todos los requisitos necesarios, será remitirá a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid en un plazo de 30 días para dar inicio al proceso de trámite por ante dicha oficina de tráfico.

Canje de los permisos de conducción expedidos por la autoridad Militar o Policial

Se podrá realizar un canje de permiso para obtener un carnet ordinario, sin necesariamente pasar por las pruebas de aptitud, en aquellos casos en de dichos permisos hayan sido otorgados por las Escuelas y Organismos militares, las Direcciones Generales de la Guardia Civil y de la Policía.

Requisitos

  • El solicitante deberá cumplir con la edad mínima que sea necesaria para la obtención del permiso de conducción que esté solicitando.
  • Tener el permiso de residencia ordinario en España.
  • No encontrarse sujeto a alguna interdicción o resolución judicial que impida al solicitante conducir vehículos a motor y ciclomotores, tampoco podrá estar suspendido de dicho derecho.
  • Cumplir con todas las aptitudes psicofísicas que exige la tramitación de un permiso de acuerdo a su tipo.
  • El permiso debe haber sido debidamente expedido por una Escuela Policial, Organismo militar o de las Direcciones de la Guardia Civil que se encuentren vigente en sus facultades para poder expedir dichos permisos.
  • El permiso que se quiere canjear debe estar vigente y no tener una antigüedad que exceda a la que corresponda por su aplicación en lo que se encuentra en el artículo 16 del Reglamento General de Conductores.
  • El titular del permiso de conducir deberá estar activo dentro del Cuerpo u Organismo militar o policial, si ha finalizado sus actividades, no debe exceder los seis (6) meses para poder optar a este tipo de canje.

Documentación necesaria

  • Consignar la solicitud oficial que es entregada en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
  • La solicitud debe ser realizada a partir de los seis meses computados que comienzan una vez que se haya finalizado el servicio policial o militar, o en otro supuesto, a partir de cuándo se cumpla con la edad necesaria para poder optar a este permiso si aún te encuentras en funciones policiales o militares.
  • Tomando en cuenta el requisito anterior, la solicitud deberá tener anexada un certificado en la que se acredita haber superado las pruebas correspondientes en una Escuela u Organismo Militar debidamente autorizado.
  • Consignar documento nacional de identidad o pasaporte vigente.
  • Consignación del informe de aptitud psicofísica otorgado por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado que pertenezca a la provincia en la cual estés realizando la solicitud, asimismo, deberá tener anexada una foto actualizada del solicitante.
  • Para aquellos solicitantes que por su religión deban tener su cabello cubierto, se podrán recibir fotografías con velo siempre y cuando el óvalo del rostro se aprecie totalmente descubierto, desde el nacimiento del cabello hasta el mentón, de manera tal que no se pierda la identificación de la persona.
  • Original y copia del permiso que se quiere canjear, el original será devuelto una vez cotejado. Para efectivos militares, se debe consignar el permiso militar que se quiere canjear si su titular hubiese cesado sus funciones en el servicio militar; pero si no hubiese cesado sus funciones, o no tuviese posibilidad de canjearlo por no cumplir con la edad necesaria para canjear el permiso, se va a necesitar original y copia del permiso militar.
  • Un certificado que acredite la situación del solicitante de pertenecer a un organismo policial o militar, o en su defecto, algún documento que certifique haber cesado sus funciones.

Esperamos que se hayan disipado tus dudas acerca de como homologar carnet de conducir en España, sobre todo cuando tienes uno otorgado en tu país y quieres poder cumplir con la normativa legal en materia de transito en España

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