¿Cómo conseguir Ciudadanía o Nacionalidad Española?

Vivir en España como extranjero implica una serie de trámites que son netamente necesarios para mantenerse legal. Una de las cosas que son necesarias al residir en España, es la ciudadanía española. Acompáñanos conocer paso a paso todos los tramites que se deben cumplir para obtener la nacionalidad española.

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¿Cómo obtener la nacionalidad?

Existe una diversidad de maneras por las cuales se puede obtener la nacionalidad en España, entre ellas se encuentran las siguientes:

Españoles de nacimiento

Se reconocen como españoles de origen y/o nacimiento aquellos que cumplan con los siguientes supuestos:

  • Aquellas personas nacidas con padre o madre españoles.
  • Las personas que su lugar de nacimiento sea España y sea hijo de padres extranjeros, o cuando por lo menos uno de sus padres haya nacido en territorio español. En este caso no entran los hijos de personal diplomático.
  • Personas cuyo lugar de nacimiento sea en España y tengan padres extranjeros, aún y si ambos no tengan nacionalidad española, o también bajo el supuesto de que su legislación no ampare a su hijo bajo ninguna nacionalidad. Si fuese el caso, se puede realizar un trámite por ante el Registro Civil de su domicilio para así declarar la nacionalidad española bajo la premisa de una presunción.
  • Los nacidos en España y de los cuales no se sepa la identidad de sus padres. Ante este ámbito, son reconocidos como españoles aquellos niños que hayan tenido nacimiento en territorio español.
  • Son considerados españoles de origen, aquellos ciudadanos menores de dieciocho años, los cuales hayan sido objeto de un proceso de adopción por parte de un ciudadano español. Ahora bien en caso de que el ciudadano sea mayor de dieciocho años, tiene la opción de recuperar la nacionalidad española de origen en un plazo de al menos dos (2) años contados desde que se legalizó la adopción.

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Nacionalidad por posesión de estado

La Nacionalidad por posesión de estado aplica a las personas que hayan formalizado un trámite en el registro civil, en el que durante diez (10) años haya ejercido la nacionalidad de buena fe y sin consentimiento alguno de su situación, podrá optar por la nacionalidad española.

Dicha nacionalidad no se pierde siquiera por la extinción del título de inscripción formulado por ante el Registro Civil. A tal supuesto, la parte interesada mantenerse activo en su posesión y uso de la nacionalidad española, lo que quiere decir que, tendrá que mantener su comportamiento como si fuese español de origen, para ello podrá apoyarse en el uso de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones para con los órganos españoles.

Nacionalidad por opción

En España existe la modalidad de obtener la nacionalidad como una opción vigente en las leyes. Para ello se evaluarán diversas condiciones para su aplicación, ahora bien, dichas condiciones son las siguientes:

  • Personas que en algún momento hayan estado sujetos a la patria potestad de un ciudadano español. Sin embargo, este supuesto no es aplicable a personas mayores de 20 años de edad, a menos que la persona por voluntad propia decida no adquirir la mayoría de edad a los 18 años, pudiendo ampliar el plazo por dos años más para obtener la mayoría de edad.
  • Personas cuyos padres son españoles de nacimiento, sea su padre o su madre.
  • Las personas que por su determinación de filiación de nacimiento en España se haya producido posterior al cumplimiento de los dieciocho años de edad. Ahora bien, bajo este caso, el tiempo para poder obtener la nacionalidad española será de dos contados a partir de cuándo se haya determinado la filiación de nacimiento.
  • Las personas que han sido adoptadas por españoles y hayan acogido el supuesto de nacionalidad después de los dieciocho años de edad. Para esta ocasión, la persona tiene derecho de adopción hasta que culmine el plazo de dos años contados desde que se tramitó el acta de adopción por ante el Registro Civil.

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Nacionalidad por residencia

Para poder optar a la nacionalidad en este caso, es estrictamente necesaria la residencia de la persona en territorio español durante un mínimo de diez (10) años de manera continuada, legítima y previa a la solicitud de residencia.

Ahora bien, hay situaciones en donde el período de residencia necesario se reduce en tiempo de permanencia, estas modalidades se dan cuando:

  • Se le otorga a la persona la nacionalidad española si ha pasado cinco (5) años en condición de refugiado.
  • Para aquellos ciudadanos originarios de países iberoamericanos, entre los que se encuentran Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o las provenientes de sefardí, se le disminuye el tiempo exigible para la nacionalidad a dos (2) años.
  • Se reduce el tiempo exigible para la nacionalidad española a un (1) en los siguientes supuestos:
    • Personas nacidas en territorio español.
    • La persona que no gozó como debe ser, su derecho a la adquisición de la nacionalidad española por opción.
    • Personas que hayan estado acogidos por una tutela, guarda o acogimiento por parte de una entidad pública por un mínimo de dos (2) años continuos, aún y si todavía se encuentra en dicha situación al momento de realizar la solicitud en cuestión.
    • La persona que, para el momento de la realización de su solicitud este casado por al menos un (1) año con un ciudadano español o española, siempre y cuando los mismos no estén separados de hecho o legalmente.
    • El viudo o la viuda de un ciudadano español, si es que, para el momento del fallecimiento del cónyuge, estos no estaban separados, ni de hecho ni judicialmente.
    • La persona que habiendo nacido fuera de España, que tiene padres o madres también nacidos fuera de España, siempre y cuando todos ellos sean originarios de territorio español.

Nacionalidad por carta de naturaleza

Es una de las formas más inusuales de obtener la nacionalidad española, puesto que no está regulada por los reglamentos relativos al procedimiento administrativo. En este caso, la nacionalidad se la va a otorgar el Gobierno por medio de un Real Decreto, tras haber estudiado la concurrencia de circunstancias estrictamente excepcionales.

¿De qué forma se pierde la nacionalidad española?

Los ciudadanos españoles pueden perder la nacionalidad española si incurren en los siguientes supuestos:

  • Los ciudadanos que estén emancipados, vivan un tiempo en el extranjero y soliciten otra nacionalidad. Sin embargo, pueden evitar perder su nacionalidad española si, en el plazo de tres (3) años expresan su voluntad de mantener su nacionalidad española. Por otro lado, si los ciudadanos españoles solicitan la nacionalidad de países iberoamericanos, ya sea Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no será vinculante para perder su nacionalidad española
  • Ciudadanos que estén emancipados y estén domiciliados en el extranjero, pero que durante tres (3) años solamente utilicen la nacionalidad que tuvieran previa a la emancipación. Sin embargo, tienen la posibilidad de declarar, dentro del plazo de tres (3) años, la voluntad de querer mantener su nacionalidad española. Por otro lado, si los ciudadanos españoles solicitan la nacionalidad de países iberoamericanos, no será vinculante para perder su nacionalidad española
  • Aquellos españoles emancipados que posean otra nacionalidad, estén domiciliados en el extranjero y decidan renunciar a su nacionalidad española.
  • En situaciones en las que, un ciudadano nacido en el extranjero, pero sea español por tener descendencia española, podrá perder su nacionalidad española en el caso de que en un plazo de tres (3) años a partir de la emancipación o la mayoría de edad, no exprese su voluntad de conservar dicha nacionalidad española.

En aquel caso donde el ciudadano español hayan obtenido la nacionalidad española por residencia, perdería la misma en los siguientes casos:

  • Posterior a la adquisición de la nacionalidad española, comience a utilizar durante un plazo de tres (3) años, aquella nacionalidad a la que renunciaron previamente a la obtención de la española.
  • Si la persona accede voluntariamente al servicio de las armas o comienza a formar parte de un cargo político en otro país que se encuentra dentro de los prohibidos por el gobierno español.
  • Mediante sentencia definitiva que declare en falsedad a una persona por haber obtenido su nacionalidad española por medios fraudulentos.

¿Dónde realizo la declaración de conservación de la nacionalidad española?

Para los ciudadanos con nacionalidad española, se sabe que tienen el derecho de realizar voluntariamente una declaración para conservar su nacionalidad ante los Consulados españoles que se encuentran en el extranjero, ya que los mismos realizan diversas labores vinculantes al Registro Civil. También te puede interesar conocer sobre las Ayudas para Inmigrantes en España.

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¿Cómo se recupera la nacionalidad?

En el caso de que una persona haya perdido la nacionalidad española, tendrá la posibilidad de recuperarla conforme a lo que se establece en el Artículo 26 del Código Civil; siempre y cuando se cumplan con los siguientes requerimientos:

  • La persona deberá estar residida legalmente en España. Aunque este requisito no es aplicable para aquellos emigrantes ni hijos de emigrantes. De igual forma, se exime dicho requisito cuando el Ministro de Justicia así lo decida en base de circunstancias excepcionales, como lo pueden ser personas que hayan realizado actividades benéficas que atribuyan un beneficio para sociedades españolas.
  • El solicitante debe acudir al Registro Civil y declarar su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
  • El solicitante deberá inscribirse en la recuperación de la nacionalidad en el Registro Civil más cercano a su domicilio.

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Ley de ciudadanía española

Todo lo relativo a cómo obtener la ciudadanía española, es regulado por una de las normativas más conocidas del ordenamiento, el Código Civil de 1889. Aunque al mismo se le han practicado diversas modificaciones que cambian la manera en la que puedes tener la ciudadanía española; sus modificaciones las podrás apreciar en el Real Decreto 1004/2005.

Beneficios de la ciudadanía española

Existen algunas ventajas que puede tener una persona con ciudadanía española, entre ellas se encuentran las siguientes:

Facilidad con los trámites

Si obtienes la ciudadanía española, los procedimientos administrativos para realizar cualquier trámite serán mucho más fáciles de realizar. Por otro lado, a los inmigrantes generalmente se les complica el procedimiento con la solicitud documentos adicionales.

Tienen derecho al voto

Aquellos inmigrantes que vivan en España y tengan su ciudadanía española, podrán votar en las elecciones que se realicen en el país.

Libre tránsito

Gracias a la nacionalidad española, un inmigrante podrá acceder libremente a 183 países con su debido visado al momento de arribar a cualquiera de dichos países.

Pasaporte de la UE

Los ciudadanos españoles pueden domiciliarse en cualquiera de los países que conforman la Unión Europea.

No Spainexit

Se sabe que, España no va a dejar formar parte de la Unión Europea en los próximos años. Gracias a ello, los ciudadanos españoles tienen la tranquilidad de que sus beneficios no se extinguirán.

Nacionalidad española y residencia permanente

Si eres de los extranjeros que ya tienen algunos años viviendo en España, y cree viable quedarse allí a vivir, tal vez te preguntes cuál será la mejor opción que debes tramitar para poder lograr tu cometido. Posiblemente lo primero que se te pasa por la mente es: ¿debo solicitar la residencia permanente o solicitar la ciudadanía española?

Es una pregunta que vale la pena analizar, puesto que, las dos modalidades ofrecen la posibilidad al extranjero de quedarse en el país a largo plazo. A pesar de que son modalidades muy viables, cada una tiene sus beneficios y sus diferencias, por lo que entenderlos es algo que hay que tener claro.

La residencia permanente

Una vez que hayas estado residenciado por un mínimo de cinco5 años ininterrumpidos en España, se te da la posibilidad de optar a la nacionalidad española. Los extranjeros que estén residenciados en España y obtengan la residencia permanente, tendrán la posibilidad de quedarse en territorio español por un prolongado periodo de tiempo.

Básicamente, los regimientos para permanecer en el interior del país, serán los mismos que los que otorga la ciudadanía española, por lo tanto, la residencia es una buena opción para elegir.

Diferencias y desventajas por sobre la nacionalidad española

Tras haber pasado un mínimo de diez (10) años ininterrumpidos en España, podrás optar a la nacionalidad española, lo que te traerá muchos beneficios.

Una de las desventajas que tiene esta modalidad, es que, para obtener la residencia a largo plazo, será necesario que renuncies a tu nacionalidad de origen, de este modo podrás obtener la española.

Si no quieres perder tu nacionalidad de origen, lo que debes solicitar es la residencia permanente, la cual deberás renovar cada cinco (5) años.

Ahora bien, la situación puede cambiar si eres extranjero proveniente de Andorra, Portugal, Guinea Ecuatorial, Filipinas o de un país latinoamericano, puesto que podrás obtener la doble nacionalidad; lo que significa que no necesariamente debes renunciar a tu nacionalidad original.

Requisitos para solicitar la ciudadanía española

Lo primordial que debes hacer, es tener a la mano todos los documentos que te mencionaremos a continuación, cabe destacar que los mismos podrían variar de acuerdo al ente que acudas:

  • Pasaporte vigente y original con copia del NIE.
  • Original y copia del permiso de residencia vigente, lo que quiere decir que no podrás estar residenciado ilegalmente en España al momento de realizar dicha solicitud.
  • Certificado de antecedentes penales debidamente apostillado por los entes administrativos de tu país de origen.
  • Original y copia de tu partida de nacimiento debidamente legalizada y apostillada.
  • Si requieres la nacionalidad por matrimonio, deberás presentar tu acta de matrimonio.
  • Consignar el padrón vigente e histórico.
  • La aprobación de los 2 exámenes del DELE A2 y CCSE, que a su vez, genera un certificado que deberás consignar en la solicitud.
  • Para tus descendientes, puedes adoptar la modalidad de ciudadanía por opción si consignas la partida de nacimiento de los mismos.
  • Recibo del pago de los aranceles administrativos por concepto de trámite, los cuales tienen un valor actual de 100 €.
  • Demostración de la posesión de medios económicos suficientes.

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Envío de la solicitud

Después que ya tengas a la mano todos los requisitos mencionados previamente, solo queda acudir a los entes correspondientes y consignar todo, para ello deberás acudir personalmente a la oficina del Registro Civil más cercana a la comunidad en la que residas.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

Es un proceso que tarda mucho, en algunas ocasiones puede durar de 2 a 3 años. Pero también te dejamos una técnica que puedes usar para agilizar el proceso.

Después que se haya consignado los requerimientos y procesado la solicitud, las entidades gubernamentales tienen un plazo de 12 meses para dictar una resolución. Pasados los 12 meses, puedes aplicar un procedimiento para agilizarlo.

Después que haya pasado un año, y no hayas tenido ningún tipo de respuesta, se tomará como un rechazo de la solicitud por silencio administrativo; pero en vista de que no hay ningún motivo para rechazar la solicitud, como solicitante podrás apelar esta situación.

Una vez que hayas emitido la apelación, debes obtener una respuesta en un plazo de hasta 4 meses, y si por otro lado solicitas una jura en el transcurso de la apelación, podrías obtener la nacionalidad en poco más de 1 año.

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