¿Cuáles son los Requisitos para ser Presidente en Argentina?

Si te estás preguntando cuáles son los requisitos para ser presidente en Argentina, pues te decimos que en realidad son muy similares a los de la mayoría de los países de la región. Pero no comas ansias que en este post te explicaremos todo lo que se requiere para aspirar el cargo más alto de la nación.

Requisitos para ser presidente en Argentina

Lo que hay que saber sobre el cargo de Presidente de la Nación

El término “presidente” tiene su origen en la voz latina “praesidere”, lo que se traduce a nuestra lengua como “presidir” o “estar al frente”.

En un sistema de índole presidencialista como el del país suramericano, la magistratura de “Presidente de la Nación” recae en un/a ciudadano/a electo/a mediante voto popular como su principalísimo representante.

De tal suerte que el presidente ostenta el máximo poder político del país, lo que se conoce como Jefe de Estado, siendo con ello la cabeza del Poder Ejecutivo y el responsable político de la administración general. Pero como si esto fuera poco, también recae sobre la máxima magistratura la responsabilidad de ser el Comandante en jefe de las Fuerzas Armadas.

Sí, es mucha responsabilidad. No hay duda. Pero ahora debemos responder una pregunta de primer orden: ¿cualquiera puede ser Presidente de la Nación? No. Definitivamente no.

En este sentido nos corresponde ver qué precisa la Constitución sobre los requisitos para ser presidente en Argentina.

Requisitos para ser presidente en Argentina: habla la Constitución

Los requisitos para ser presidente en Argentina se especifican de manera clara en la Carta Magna de 1994, y para nuestro propósito revisaremos primeramente el artículo 89:

“Para ser elegido Presidente o vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador.”

No obstante, ahora se hace menester recurrir al artículo 55 de la misma Carta fundamental, donde está el origen de la referencia sobre las “calidades exigidas para ser elegido senador”. Esto es porque lo mismo que sirve para ser elegido senador, según el anterior artículo, también es bueno, o aplica, para ser más exactos con el término, en el caso de la postulación presidencial.

Veamos el artículo 55:

“Son requisitos para ser elegidos Senador: Tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.”

En lo que respecta a la renta anual que se lee el artículo en cuestión, hay que hacer la claridad de que la idea tiene su origen en la primera Carta magna del país. Algo que evidentemente ha caído en desuso, pero que los legisladores han dejado allí.

Algunos historiadores la  refieren a épocas pretéritas, cuando la riqueza (dos mil pesos fuertes era mucha plata para entonces) era sinónimo de cultura. De tal manera que se entendía como un sutil rasero, que ayudaba a garantizar un mínimo nivel intelectual para quien pretendiera dirigir el país.

Requisitos para ser presidente en Argentina

De la condición seglar del cargo

Pero además, entre los requisitos para ser presidente en Argentina, debemos considerar que la Constitución del 1994 determina que no es obligatorio profesar la fe católica para sentarse el “sillón de Rivadavia”, máxima representación del poder político argentino. Lo que, contrario a lo anterior, si significa un cambio respecto a la antigua carta fundamental.

Recordemos que la primera Constitución argentina, que se remonta a 1853, obligaba a los aspirantes a la primera magistratura de este país ser de confesión “(...) católica apostólica romana”. Por si había asomo de duda, una vez electo, para poder asumir el mando, el venturoso político tenía que jurar “por Dios y los Santos Evangelios”.

Tal obligación se mantuvo por casi siglo y medio, pasado de una constitución a otra. Muchas cosas cambiaban menos el sello religioso que la sociedad o las élites de aquellos tiempos imponían a sus dirigentes.

Pero los artículos que mantenían tal obligación fueron derogados en la Reforma Constitucional de 1994. Se trató de una decisión que marcó un cambio muy marcado en cuanto a los requisitos para ser presidente en Argentina, donde ahora el cargo tiende más a una naturaleza seglar.

Requisitos para ser presidente en Argentina

Muchos juristas justifican el radical giro, alegando que la actual Constitución excluye tal exigencia por considerarla discriminatoria. Además, alegan, sería contraria a lo establecido por el artículo 16 de la misma Constitución. Pero veamos la letra de este artículo 16:

“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.”

El nuevo juramento

Pero para arrojar aún más luces sobre el tema, los constituyentes de entonces especificaron lo siguiente en el artículo 93:

“Al tomar posesión de su cargo el Presidente y vicepresidente prestarán juramento en manos del Presidente del Senado y ante el Congreso reunido en asamblea, respetando sus creencias religiosas, de: "Desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina".”

Ya no era necesario jurar “por Dios y los Santos Evangelios”. Y así lo es desde entonces.

Otros requisitos para ser presidente en Argentina

La Constitución argentina es cuestionada por ser poco clara y muy general o ambigua en cuanto a sus requisitos para quienes aspiran la máxima magistratura de la nación. No obstante hay cosas muy obvias que no requieren mayores explicaciones, como el supuesto caso de ciudadanos con cuentas pendientes con la justicia.

Pero, al no ser la máxima norma taxativa en este punto, ¿qué hacer; qué otro instrumento legal nos guía? Para ello existe la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, la que en su artículo 33 de determina quienes no pueden ser candidatos. Veamos quienes son los imposibilitados:

  1. Los/as condenadas, incluso cuando la sentencia judicial no sea susceptible de ejecución
  2. Los/as procesados por crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra
  3. Además de los procesados por muchas otras violaciones a los derechos humanos que están claramente especificadas en el texto
  4. Tampoco pueden ser candidatos los magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial
  5. Igualmente están imposibilitados los integrantes de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas de Seguridad en actividad o en situación de retiro llamados a prestar servicios.

Pero además, esta musa Ley orgánica de los partidos políticos, precisa es a los partidos políticos a los que corresponde postular candidatos. No obstante, para ello primero tienen que ostentar la personería jurídica definitiva. De esta manera se les obliga a acreditar la afiliación de un grupo de electores igual o superior al cuatro por mil de los inscritos en el registro de electores de la jurisdicción que corresponda.

De esta manera esperamos haber aclarado tus dudas sobre cuáles son los requisitos para ser presidente. Pero aún hay más que debes saber sobre este cargo.

Atribuciones del Presidente de Argentina

En este aparte nos concentraremos en algunas de las más relevantes atribuciones del Presidente de Argentina. Así que si estás pensando en postularte presta mucha atención, porque no es poca cosa. Para nuestro fin nos apoyaremos, una vez más, en la Constitución Argentina. Veamos:

  • Es el máximo representante de la Nación, para lo cual funge como jefe de gobierno y encargado de la administración del país.
  • Imparte las órdenes y reglamentos que se requieran para la materialización de las leyes de la Nación. Para lo cual tiene que cuidar de no alterar el espíritu de dichas leyes con excepciones reglamentarias.
  • Toma parte en la elaboración de las leyes con apego a la Constitución, las promulga y ordena su publicación. Aunque la carta fundamental aclara sobre el punto, que el Presidente no puede emitir disposiciones de carácter legislativo. De ser así, las mismas serían absoluta nulidad y por lo tanto insanables. No obstante, deja la puerta abierta a algunas excepciones.
  • También es deber del Presidente nombrar los máximos jueces de la Corte Suprema. Para ello debe primar acuerdo del Senado, manifestado en al menos dos tercios de sus miembros presentes. La sesión tiene que ser pública y convocada al efecto.
  • Tiene el poder del indulto o la conmutación de las penas, siempre que sean por delitos sujetos la jurisdicción federal. Pero esto tiene que ser precedido por un informe del tribunal correspondiente. Aquí se da la excepción, cuando se trata de casos donde la acusación procede de la Cámara de Diputados.
  • Otorga jubilaciones, licencias, retiros y pensiones de acuerdo a las leyes de la Nación.

Sobre política exterior y el estamento militar

  • Designa y cambia a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios, siempre con el visto bueno del Senado. Pero para lo que no requiere de ninguna convalidación, es en el nombramiento o remoción del jefe de gabinete de ministros. Lo mismo sucede con el resto de los ministros, oficiales de su secretaria, agentes consulares y todo empleado cuya designación no esté reglada de otra manera por la Constitución.
  • Finiquita y suscribe tratados, concordatos y negociaciones, necesarias para las buenas relaciones con organizaciones internacionales y las naciones extranjeras. Además, recibe sus ministros y conviene sus cónsules.
  • Algo muy importante: finge como comandante en jefe de todas las fuerzas armadas de Argentina.
  • También, aunque con aprobación del Congreso, puede declarar la guerra y ordenar represalias.
  • Puede exigir tanto al jefe de gabinete como a los jefes de la administración, los informes que considere convenientes. Y ellos tienen la obligación de entregar tales informes.

Como lo ves, quizás no califique entre las Carreras mejor pagadas en Argentina, pero puedes estar seguro que es la de mayor responsabilidad.

Cómo llegar a Presidente: Mitos y curiosidades

Hay una larga lista histórica de curiosidades sobre los requisitos para ser presidente en Argentina. Pero por razones de espacio y tiempo huy sólo veremos algunos.

¿Hay que estar casado para ser Presidente?

No. Y jamás ha sido necesario. Resulta que el estado civil no tiene incidencia en la aptitud para ejercer esta magistratura. Por muchos años esa fue una idea popular, quizás originada por lo que se entendía entonces como socialmente adecuado.

¿Se requieren estudios universitarios?

También falso. En ninguna parte de la constitución aparece exigencia semejante respecto a estudios específicos. Aunque si es algo que exigen algunos países, como Italia, y va desde los cargos municipales más bajos.

¿Se puede llegar al sillón de Rivadavia sin haber pisado una universidad?

Absolutamente sí, aunque es muy poco probable. Ten en cuenta que de los 37 presidentes constitucionales que ha tenido Argentina, apenas tres no fueron universitarios:

  1. Bernardino Rivadavia (quien le presta el nombre al mítico sillón)
  2. María Estela Martínez de Perón
  3. Raúl Lastiri

Aunque la idea no es mala. Es posible que esa creencia del título universitario haya motivado a muchos aspirantes a apurarse un poco con sus estudios. Este pareciera ser el caso de Sergio Massa, quien habiendo suspendido sus estudios de abogacía los reanudó hasta su graduación. Lo mismo se dice de Daniel Scioli, quien se licenció en comercialización en la UADE, poco antes de los comicios en que se postuló candidato presidencial.

¿Es verdad que antes quien no era abogado no podía ser Presidente?

Nunca. Nuevamente falso. Eso jamás fue un requisito. No obstante parece haber sido una costumbre con mucho arraigo lo de esta profesión. Esto lo decimos porque al revisar la profesión de los presidentes argentinos se ve que 25 fueron abogados:

  1. Derqui
  2. Avellaneda
  3. Juárez Celman
  4. Pellegrini
  5. Luis Sáenz Peña
  6. Roque Sáenz Peña
  7. José Evaristo Uriburu
  8. Quintana
  9. Figueroa Alcorta
  10. De la Plaza
  11. Yrigoyen
  12. Alvear
  13. Ortiz
  14. Castillo
  15. Frondizi
  16. Guido
  17. Alfonsín
  18. Menem
  19. De la Rúa
  20. Rodríguez Saá
  21. Camaño
  22. Duhalde
  23. Kirchner
  24. Cristina Fernández
  25. Alberto Fernández

Pero veamos como continúa el ranking con las otras profesiones más comunes:

Militares (5):

  1. Urquiza
  2. Mitre
  3. Roca
  4. Justo
  5. Perón

 

Ingenieros (3):

  1. Justo (otra vez)
  2. Puerta
  3. Macri

Médicos (2):

  1. Luis Saenz Peña (el único con dos títulos universitarios)
  2. Illia

Odontólogo (1):

  1. Cámpora

Maestro (además de escritor y periodista) (1):

  1. Sarmiento

Comerciante (1):

  1. Rivadavia

Empleado público (1):

  1. Lastiri

Bailarina (1):

  1. Isabel Martínez

Como hemos podido ver, para llegar a la máxima magistratura de Argentina no sólo basta con cumplir con los requisitos constitucionales. Igualmente es menester disponer del apoyo de una organización política inscrita en la Cámara Nacional Electoral.

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