Formulario 649: ¿Qué es?, ¿Para qué sirve? y más

Si decidiste renunciar o te despidieron y quieres saber el cálculo de tus remuneraciones por el tiempo trabajado, entonces necesitas llenar el formulario 649, pero, no sabes ¿Qué es? y ¿Cómo llenarlo?, aquí te lo explicamos.

formulario 649

Conoce ¿Qué es el formulario 649?

Este formulario es una declaración jurada que contiene los datos específicos de las remuneración, retenciones y deducciones de los trabajadores, en un lapso de un año o hasta que se termine la relación laboral. Esta declaración es emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP

El responsable de llenarlo y entregarlo a los trabajadores es el patrono o empleador, a estos trabajadores se le ha realizado la retención del impuesto por los sueldos y salarios. Es importante que revises también el Formulario 460.

Características del formulario 649

  • Se utiliza para que el empleado solicite un reembolso anual.
  • El formulario se utiliza para general el reembolso, cuando un empleado decide terminar con la relación laboral o es despedido por una causa justificada.
  • Debes colocar una serie de información específica que será aprobada únicamente por el agente de retención.
  • Este formulario se puede llenar de forma online y gratuita para su posterior impresión.
  • Este formulario puede reflejar la liquidación informativa del empleado durante el tiempo de su actividad laboral o solo puede reflejar esta liquidación anual.

formulario 649 formato

¿Qué función tiene el formulario 649?

  • La principal función es realizar anualmente la solicitud de las remuneraciones del trabajador.
    Este formulario es de mucha ayuda para distintos trabajadores públicos y privados que desempeñan cargos administrativos.
  • Sirve para realizar la liquidación total de un empleado que ha sido despedido.
  • En caso de que se solicite una remuneración anual es necesario tener a la mano el Formulario 649
  • Si hubo un despido, con el formulario 649, se puede hacer la justificación de dicho despido desde la empresa al empleador.
  • Este también muestra todos los sueldos del empleado durante la relación laboral.

Tramite para el formulario 649

En años anteriores estos trámites se hacían directamente en las oficinas de registro, sin embargo, actualmente se hace vía online. Porque facilita tener el formulario 649 AFIP para imprimir y completarlo.

Para solicitarlo necesitas de algunos documentos o requisitos.

  • Tener el Documento nacional de identidad DNI vigente.
  • Poseer la Clave Única de Afiliación Tributaria.
  • Poseer un Código Único de identificación laboral (este es emitido por la empresa donde se labora).
  • El solicitante deberá estar en calidad de Contratado legalmente en la empresa u organización donde se va a emitir la liquidación.
  • Tener más de 2 pagos en toda la trayectoria laboral.
  • Justificar descuentos y faltas en los pagos anuales.

AFIP. formulario 649

¿Cuál es el procedimiento para la solicitud?

Luego de tener todos los documentos y requisitos, debemos buscar el formulario en internet, colocando la palabra Formulario 649 AFIP, luego le damos clic al primer enlace o página que nos aparezca.

Después buscamos en la página donde nos diga “Descarga el Formulario 649 directamente haciendo clic aquí” , lo descargamos, completamos, imprimimos y llevamos al empleador.

¿Cómo completar el formulario 649?

El formulario se debe llenar siguiendo unos pasos específicos.

  • En la primera parte debemos especificar los datos personales del empleador y del empleado, estos datos serán nombres y apellidos, datos del agente de retención, dirección de localidad, fechas de ingreso y fechas de egreso, entre otros datos.
  • La otra parte del formulario es un poco mas larga, se debe llenar de acuerdo sea tu caso, debes leer detalladamente cada uno de las preguntas.
  • Y por ultimo el formulario nos indica que debemos especificar la información sobre las primas de seguro, gastos de las cotizaciones, deducciones laborales, prestamos bancarios o empresariales, entre otros.

 formulario 649 AFIP

¿Qué es SiRADIG AFIP?

Es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRAGID), es un dependencia perteneciente al gobierno que se encuentra enlazada a la AFIP encargada de llevar el registro de todos los empleadores pertenecientes a la AFIP.

¿Quiénes se deberán registrar en el sistema?

  • Aquellas personas con un ingreso económico que sus ingresos dependan del sistema público, mercantiles, institucionales, personal empleado del poder judicial argentino, entre otros.
  • Aquellos trabajadores independientes.
  • Aquellas personas que se encuentran jubiladas y pensionados, que tengan independencia laboral y que sean capaces de manejar sus propios ingresos.
  • También aquellas cooperativas colectivas y empresarial.

 formulario 649

Actualidad del formulario 649

Reemplazo formulario 649 – Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoría Resolución N° 3839/2016 AFIP. La modificación fue introducida por la resolución General 3839 AFIP 2016 referida al impuesto de ganancias.

En la resolución se hace evidente el reemplazo del formulario 649 por una planilla denominada “Liquidación del impuesto a los ingresos 4ta categoría relación de dependencia”, la misma tiene un diseño completamente diferente, pero cumple la misma función.

Esta planilla está vigente del año 2016 a partir de las liquidaciones practicadas en ese año. Desde ese año se deberá emitir en el nuevo formato, sin embargo, la planilla será provista a los agentes por las áreas de personal de cada repartición.

Esta planilla tiene la ventaja que se podrá hacer el trámite vía online. Mediante esta página http://sial.gcba.gob.ar

formulari actualizado. formulario 649

Pasos para la solicitud

  • Ingresando a través de CLIENTE WEB DE SIAL,
  • Seleccionando dentro de la pestaña de Datos Económicos la opción Resumen de Ganancias
  • Ingresar el Año fiscal
  • Consignar el ID del agente requirente y
  • Por último, cliquear en Generar listado
  • Con referencia al presente Formulario 649 este se puede obtener de forma igual que anteriormente.

Tipos de liquidación F1357

A continuación te presentamos los tipos de liquidez a saber:

Liquidación Anual

La liquidación anual será ejecutada por aquel que actúa como agente de retención a finales del mes de Diciembre del periodo fiscal correspondiente.

Es obligatorio la notificación para aquellos trabajadores que obtengan una remuneración que sea obtenida en el año fiscal en curso, cuyo monto sea igual o superior al indicado en el artículo 14 de la RG 4003 y sus modificatorias. A a la fecha dicha suma es de $1.000.000

Liquidación Final

Debe ser realizada por el agente de retención que cese su relación laboral por cualquier motivo. Deberá ser presentada dentro de los 5 días hábiles luego de realizada.

Liquidación informativa

Esta contiene el impuesto determinado y retenido hasta el mes en que actuó el agente de retención

Método de Presentación de la Declaración

1 – Transferencia electrónica de datos mediante el servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos” a través del sitio “web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar).
2 – Intercambio de información mediante “web services” denominado “Presentación de DDJJ – perfil contribuyente”.

Vigencia

El F. 1357 – “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia”, resultará de aplicación obligatoria para las liquidaciones anuales, finales e informativas que se confeccionen a partir del 1 de abril de 2019 inclusive.

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