Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión: Expedición, vigencia y más

Aquellos extranjeros que residan en alguno de los países que abarca la Unión Europea deben tener algunos documentos para poder permanecer en el país, en este caso, si el mismo estará por más de 3 meses en territorio europeo. Acompáñanos a conocer cómo sacar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, su vigencia y mucho más.

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¿Qué es?

Se trata de un documento que le da la acreditación a una persona por la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de todas las personas que residen en un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado que esté adherido al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, especialmente para las personas que estarán en España por un tiempo mayor a los 3 meses.

¿Quiénes pueden sacar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión?

Cualquier persona que se encuentre conviviendo en algún país de la Unión Europea u otro Estado que forme parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de la Confederación Suiza. El certificado será válido para que las personas de nacionalidad extranjera puedan permanecer un tiempo superior a los 3 meses en el país. Puede que te interese conocer cómo sacar un Certificado de Riesgos Laborales en España.

¿Por cuánto tiempo tiene vigencia?

Después que la persona haya obtenido la residencia legal en España, el certificado de registro de ciudadano de la unión tendrá una vigencia continua de cinco (5) años. Posteriormente, la persona tiene el derecho de solicitar un documento de residencia con carácter permanente, según lo estipulado en el Art. 10 Real Decreto 240/2007.

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Requisitos para sacar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión

Conforme a lo que establece la legislación vigente, los ciudadanos extranjeros pueden permanecer más de 3 meses en el territorio español bajo los siguientes supuestos:

  • Está trabajando de forma dependiente en España.
  • Se encuentra trabajando por cuenta propia en España.

Asimismo, el documento se le otorga si puede subsistir por si solo y si tiene los recursos necesarios para no convertirse en una carga del estado español mientras se encuentra residiendo en el país. De igual forma, la persona tiene que aportar un seguro de enfermedad público o privado que le ofrezca cobertura en España parecida a la del Sistema Nacional de Salud.

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La aprobación del documento va a depender de la situación financiera que tenga la persona a manera individual, esto será valorado de acuerdo a la tenencia de recursos que superen el importe que anualmente establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado. De igual forma, otros de los requisitos para el certificado de registro de ciudadano de la unión son:

  • Ser estudiante y encontrarse matriculado en una institución académica pública o privada debidamente reconocida por la  administración educativa, también necesitará un seguro de enfermedad público o privado que haya sido contratado en territorio español u otra región del mundo pero que le ofrezca una cobertura completa en España, el interesado deberá firmar una declaración en la cual afirme que tiene recursos suficientes para sí y los miembros de su familia, y así no depender del estado para su manutención.
  • Estar nacionalizado en uno de los países de la Unión Europea o tener algún familiar nacionalizado, sin embargo, el familiar podría considerarse miembro de la Unión Europea si:
    • En la condición de "familiar del estudiante", se considera familia a su cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita en el Registro Civil o a los hijos del estudiante y de su cónyuge que mantenga a su cargo.
    • Se considerará familia al cónyuge o pareja de hecho inscrita en el Registro Civil, y a todos sus descendientes directos, al igual que sus ascendientes directos o los de su cónyuge.

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Documentos necesarios

Cada uno de los documentos que se mencionan a continuación, deberán ir acompañados de sus respectivas copias y, asimismo presentar los documentos originales cuando se vaya hacer la solicitud.

  • Documento impreso de la solicitud en modelo oficial (EX-18), firmado por el ciudadano de la Unión. Este documento podrá ser obtenido mediante el enlace siguiente: http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/index.html.
  • Pasaporte o DNI vigente. Si alguno de estos documentos se ha vencido, se requiere la copia del mismo y la renovación.

Ahora bien, de acuerdo a los siguientes supuestos, se requerirá una documentación distinta en virtud de la condición de cada ciudadano, es por ello se tiene lo siguiente:

Para aquellos trabajadores que sean dependientes a un patrono, se necesita:

  • Declaración de contratación por parte de la empresa o certificado de empleo en el que se puedan ver: los datos de la empresa tales como razón social y dirección, su identificación fiscal y el código de cuenta de la cotización.
  • Un contrato de trabajo debidamente registrado por ante el Servicio Público de Empleo.
  • El certificado de alta o situación asimilada al alta bajo el debido régimen del Seguro Social o el visto bueno de la comprobación de los datos en los ficheros que corresponden a la Tesorería General del Seguro Social.

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Para los ciudadanos que trabajen de manera independiente, se les requiere la siguiente documentación:

  • Su debida inscripción en el Censo de Actividades Económicas.
  • Comprobante del establecimiento registrado por ante el Registro Mercantil.
  • El certificado de alta o situación asimilada al alta bajo el debido régimen del Seguro Social o el visto bueno de la comprobación de los datos en los ficheros que corresponden a la Tesorería General del Seguro Social.

En caso de que el ciudadano no ejerza ningún tipo de actividad comercial en España, debe consignar los siguientes documentos:

  • Documentos que comprueben tener un seguro de vida, sea público o privado y debidamente contratado en España u otro país, mientras que el mismo le proporcione la cobertura necesaria durante el periodo de tiempo que vaya a pasar en España. Generalmente las personas pensionadas pueden consignar el certificado sanitario otorgado por el Estado al momento de recibir su pensión.
  • Todos los documentos que demuestren tener los recursos necesarios para poder subsistir él y sus familiares durante todo el tiempo de residencia que tendrán en España. Este puede ser demostrado mediante cualquier prueba ajustada a derecho, ya sean títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital y hasta tarjetas de crédito con su debida certificación del monto establecido para cada una.

Los ciudadanos que sean estudiantes en España, deberán consignar:

  • Documento en el que se señale la matrícula de la institución, sea pública o privada, siempre y cuando se encuentre reconocida por la administración educativa competente.
  • Certificado que compruebe la aseguración del ciudadano ante una enfermedad. Para este caso, tiene la posibilidad de consignar una tarjeta sanitaria europea con suficiente vigencia para cubrir el periodo de residencia, que, a su vez le permita cubrir las prestaciones sanitarias necesarias a la hora de un trámite médico.
  • Todos los documentos que demuestren tener los recursos necesarios para poder subsistir él y sus familiares durante todo el tiempo de residencia que tendrán en España

Si el ciudadano es familiar de un miembro de la Unión Europea, debe presentar los siguientes documentos:

  • Un documento debidamente legalizado que lo acredite como parte de un vínculo familiar respecto al ciudadano de la Unión.
  • Documento que demuestre cuál es su dependencia económica.
  • La documentación que demuestre que el familiar en mención, tenga un trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia, y que, por lo tanto tiene los recursos necesarios para subsistir, al igual que un seguro de vida para él y su familia.

¿Dónde se consignan los documentos?

Todo el trámite se realiza por ante las Oficinas de Extranjería pertenecientes a la provincia en la que el interesado desee tener como lugar de residencia, allí se deberá realizar la solicitud de inscripción en el registro central de extranjeros, cosa que también puede ser tramitado por la Comisaría de Policía.

Los documentos deben ser consignados en un plazo de presentación de hasta tres (3) meses contados a partir de la fecha en la que el ciudadano haya ingresado a territorio español, de lo contrario no podrá obtener su certificado del registro central de extranjeros.

En cuanto a la tasa, la misma tiene que ser abonada con tiempo previo a la expedición del certificado de registro. En vista de ello, la expedición del certificado de registro se comienza a tramitar una vez que se ha abonado la tasa, siempre y cuando se hayan consignado los requisitos, de estar todo en orden, el ciudadano tendrá su certificado en el que se podrá apreciar su nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.

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